Artistas de El Kolectivo con nuestro Director |
El movimiento artístico y cultural EL KOLECTIVO se presentó hoy lunes 16 de diciembre de 2013 en las instalaciones de la Corte Suprema de Justicia con el fin de interponer Amparo de Garantías Constitucionales contra la orden de borrar todos los murales que pinten los miembros de “EL KOLECTIVO” en paredes públicas de la Avenida de los Mártires, proferida por el Ministerio de Obras Públicas (MOP).
Dicha orden ha sido expedida en contra de los miembros de “EL KOLECTIVO” y del resto de la colectividad, y concretamente de los derechos subjetivos a la libertad de pensamiento y expresión, a la participación en la cultura y al debido proceso, entre otros derechos humanos de los que somos titulares todos los habitantes de este país en condiciones de igualdad.
Es importante resaltar que ninguna autoridad está facultada legalmente para prohibir, directa o indirectamente, que se pinten murales en paredes públicas, ni mucho menos para censurarlos o exigir permisos para ello.
Deseamos dejar claramente establecido que los murales en Avenida de los Mártires, realizados por “EL KOLECTIVO” son obras artísticas que no manchan paredes ni causan cualquier daño en ellas, puesto que no se trata de una mancha ni mucho menos de un daño cualquiera.
En el caso que nos ocupa, la gravedad e inminencia del daño es más que evidente, por cuanto los murales de “EL KOLECTIVO” son una iniciativa ciudadana que busca rendir tributo a los Mártires del 9 de enero de 1964, en vísperas del Cincuentenario de esta gesta, contribuyendo así a recuperar la memoria histórica y fortalecer la identidad nacional de la sociedad panameña.
La Corte Suprema de Justicia recibió la documentación presentada por miembros de EL KOLECTIVO, representados por el abogado Félix Wing, Director de la firma Derechos Humanos, Ambiente y Comunidades (DHAyC), quien afirma que los amparos deben ser admitidos por La Corte sin demora y fallados en un período de dos días.
El Kolectivo espera que esta acción se de conforme lo establece la ley, de manera que su demanda sea acogida favorablemente y se permita a sus artistas y a la ciudadanía llevar a cabo este homenaje tan merecido para nuestro país.
Dicha orden ha sido expedida en contra de los miembros de “EL KOLECTIVO” y del resto de la colectividad, y concretamente de los derechos subjetivos a la libertad de pensamiento y expresión, a la participación en la cultura y al debido proceso, entre otros derechos humanos de los que somos titulares todos los habitantes de este país en condiciones de igualdad.
Es importante resaltar que ninguna autoridad está facultada legalmente para prohibir, directa o indirectamente, que se pinten murales en paredes públicas, ni mucho menos para censurarlos o exigir permisos para ello.
Deseamos dejar claramente establecido que los murales en Avenida de los Mártires, realizados por “EL KOLECTIVO” son obras artísticas que no manchan paredes ni causan cualquier daño en ellas, puesto que no se trata de una mancha ni mucho menos de un daño cualquiera.
En el caso que nos ocupa, la gravedad e inminencia del daño es más que evidente, por cuanto los murales de “EL KOLECTIVO” son una iniciativa ciudadana que busca rendir tributo a los Mártires del 9 de enero de 1964, en vísperas del Cincuentenario de esta gesta, contribuyendo así a recuperar la memoria histórica y fortalecer la identidad nacional de la sociedad panameña.
La Corte Suprema de Justicia recibió la documentación presentada por miembros de EL KOLECTIVO, representados por el abogado Félix Wing, Director de la firma Derechos Humanos, Ambiente y Comunidades (DHAyC), quien afirma que los amparos deben ser admitidos por La Corte sin demora y fallados en un período de dos días.
El Kolectivo espera que esta acción se de conforme lo establece la ley, de manera que su demanda sea acogida favorablemente y se permita a sus artistas y a la ciudadanía llevar a cabo este homenaje tan merecido para nuestro país.
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