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Un amparo contra la ANAM fue presentado hoy ante la Corte Suprema de Justicia por el abogado Félix Wing Solís, Director de la firma Derechos Humanos, Ambiente y Comunidades. Dicha acción legal busca anular la Resolución AG-0916-2013 de 20 de diciembre de 2013, mediante la cual Silvano Vergara, Administrador General de la ANAM, se otorgó a sí mismo la facultad para modificar los límites de las áreas protegidas.
Según el recurso, dicha resolución es violatoria de los derechos humanos a la vida, a la salud, a un ambiente sano, al desarrollo sostenible, a la primacía del interés público sobre el privado y al debido proceso, del que son titulares todos los habitantes del país, los cuales se encuentran tutelados por la Constitución y la Ley, así como por numerosos tratados internacionales de derechos humanos y acuerdos multilaterales ambientales.
El recurrente advierte a la Corte Suprema de Justicia que las áreas protegidas se encuentran en grave peligro de extinción frente a poderosos intereses particulares, lo cual hace necesaria la intervención inmediata y urgente del más alto tribunal de justicia del país. En tal sentido, solicita que la Corte admita dicho amparo sin demora, a fin de suspender no solo la resolución demandada, sino también las modificaciones a los límites del Parque Nacional Camino de Cruces, la Reserva de Manglares de Chame y el Área Protegida Humedal Bahía de Panamá, así como cualesquiera otras que hayan sido ejecutadas o se encuentren en trámite.
A juicio del demandante, la resolución de la ANAM contradice diametralmente lo ordenado por la Sentencia de 23 de diciembre de 2013, mediante la cual la Sala Tercera declaró legal la Resolución AG-0072-2009 de 3 de febrero de 2009, que crea el Área Protegida Humedal Bahía de Panamá, que es también un Sitio Ramsar o Humedal de Importancia Internacional. En dicha sentencia, la Sala Tercera llamó la atención a la ANAM por su negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones legales como ente rector de las áreas protegidas.
Para mayor información:
Félix Wing Solís
Director de la Firma DHAyC
Celular: 6674-3325
E-mail: firmadhayc@gmail.com
Según el recurso, dicha resolución es violatoria de los derechos humanos a la vida, a la salud, a un ambiente sano, al desarrollo sostenible, a la primacía del interés público sobre el privado y al debido proceso, del que son titulares todos los habitantes del país, los cuales se encuentran tutelados por la Constitución y la Ley, así como por numerosos tratados internacionales de derechos humanos y acuerdos multilaterales ambientales.
El recurrente advierte a la Corte Suprema de Justicia que las áreas protegidas se encuentran en grave peligro de extinción frente a poderosos intereses particulares, lo cual hace necesaria la intervención inmediata y urgente del más alto tribunal de justicia del país. En tal sentido, solicita que la Corte admita dicho amparo sin demora, a fin de suspender no solo la resolución demandada, sino también las modificaciones a los límites del Parque Nacional Camino de Cruces, la Reserva de Manglares de Chame y el Área Protegida Humedal Bahía de Panamá, así como cualesquiera otras que hayan sido ejecutadas o se encuentren en trámite.
A juicio del demandante, la resolución de la ANAM contradice diametralmente lo ordenado por la Sentencia de 23 de diciembre de 2013, mediante la cual la Sala Tercera declaró legal la Resolución AG-0072-2009 de 3 de febrero de 2009, que crea el Área Protegida Humedal Bahía de Panamá, que es también un Sitio Ramsar o Humedal de Importancia Internacional. En dicha sentencia, la Sala Tercera llamó la atención a la ANAM por su negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones legales como ente rector de las áreas protegidas.
Para mayor información:
Félix Wing Solís
Director de la Firma DHAyC
Celular: 6674-3325
E-mail: firmadhayc@gmail.com